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La gestación subrogada más conocida comúnmente como “vientre de alquiler” es un método de reproducción asistida que consiste en un acuerdo que se firma entre una mujer, que presta su capacidad reproductora, y una pareja con problemas de fertilidad o persona soltera con el fin de que la primera dedique nueves meses de su vida a gestar un embrión que previamente ha sido concebido a través de la fecundación in vitro (FIV).
Este método se sitúa en el último escalón de la medicina reproductiva, ya se encuentra al final del camino para conseguir un embarazo con ayuda de la medicina. Si bien esta práctica reproductora no está exenta de polémica y genera continuos conflictos éticos y legales. Por ejemplo, en España la gestación subrogada se encuentra regulada por el artículo 10 de la Ley 14/2006.
¿Cómo está regulada la gestación subrogada en España?
La gestación subrogada en España, tal y como regula la Ley sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida, es una práctica “alegal” y prohíbe por tanto la utilización de dicho método para llegar al nacimiento de un futuro bebé.
Sin embargo, la regulación del tratamiento en otros países acompañado de otros factores como el reconocimiento de niños nacidos por esta vía de la medicina reproductiva en el Registro Civil ha generado polémica en la sociedad.
La causante de este reconocimiento de personas nacidas en “vientres de alquiler” es la Instrucción de 2010 emitida por la Dirección General de los Registros y el Notariado que ha dado “vía libre” a muchos padres y madres para encontrar mujeres que presten estos servicios en otros países del mundo y dentro de un marco de legalidad.
¿Qué tipos de maternidad subrogada existen?
La maternidad subrogada se divide en dos grandes bloques en función de los objetivos y el método utilizado para llegar al embrión. Así podríamos hablar de la gestación subrogada tradicional y la maternidad subrogada gestacional.
La primera de ellas tiene lugar cuando el óvulo procede de la madre que ofrece9 los servicios como “madre portadora” o bien con óvulos de donante, mientras que el esperma puede proceder del hombre que contrata dicho servicio o de un donante cualquiera de un banco de semen. Para la introducción del esperma en la vagina de la mujer se utilizan las técnicas de fecundación in vitro o inseminación artificial. El segundo caso es el más común en la actualidad y se caracteriza porque la madre portadora no presenta ninguna relación genética con el futuro bebé. En este proceso intervienen los gametos de la pareja que pide la subrogación y se realiza bajo la técnica de reproducción asistida de fecundación in vitro (FIV).
Eficacia de la gestación subrogada
La tasa de éxito de la técnica de maternidad subrogada depende en muchos casos de las características de los donantes debido a que este método es muy frecuente en el caso de las parejas homosexuales o mujeres con problemas ováricos.
Resulta complicado establecer un porcentaje de éxito de este método ya que influyen diversos factores como el procedimiento utilizado o la clínica donde se haya llevado a cabo la maternidad subrogada. Siempre que la donación de semen sea de calidad y no presente anomalías y la donante de óvulos haya tenido éxito con anterioridad, la probabilidad de que la técnica acabe en embarazo es muy alta. Sin embargo, cuando es la propia pareja la que ofrece los gametos, las posibilidades de que el proceso fracase aumentan debido a factores como la edad o intentos fallidos en el pasado.
Fuentes:
http://www.unesco.org.uy/shs/red-bioetica/revista/fileadmin/shs/redbioetica/revista_1/Leila.pdf
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